Williams & Associatescomo firma especializada en derecho migratorio, representa a sus clientes en los procesos de obtención de residencia y permisos de trabajo bajo las diversas categorías migratorias que ofrece la República de Panamá.
Nuestros abogados toman siempre en consideración las actividades, objetivos y el tiempo que cada cliente planea permanecer en la República de Panamá, con el fin de brindar una asesoría estratégica y acompañarlos de manera integral desde el inicio hasta la culminación de cualquier proceso migratorio.
Adicionalmente, nuestro equipo ofrece asistencia legal en la tramitación de permisos de trabajo ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), así como en los procesos de naturalización para la obtención de la ciudadanía panameña.
Residencia Temporal
Personal extranjero contratado por empresas privadas dentro del 10% de las personas ordinarias.
Persona contratada como Técnico Experto o dentro de los 15% de la plantilla.
Personal extranjero contratado por empresas privadas dentro del 10% del personal.
El personal contratado por las empresas bajo el Acuerdo de Marrakech.
Personal contratado como Ejecutivos de Compañías Internacionales, cuyas funciones surten efectos en el extranjero.
Personal extranjero participante de Programas Educativos de Entidades Sin Fines de Lucro.
RESIDENCIA PERMANENTE
Inversionista Forestal.
Inversionista de Macro – Empresa.
Solvencia Económica por Apertura de Depósito a Plazo Fijo.
Solvencia Económica por Inversión de Bienes Inmuebles.
Solvencia Económica por Inversión Mixta (Depósito a Plazo Fijo y Bienes Inmuebles).
Casado (a) con panameña (o).
Reagrupación familiar en calidad de Extranjero con Hijos Panameños.
- Inversionista Jubilado.
- Jubilados y Pensionados.
- Profesionales en el Extranjero
- Corporaciones Multinacionales.
- Políticas Especiales
Acuerdo del Tratado entre Panamá e Italia
Los ciudadanos extranjeros de 51 países que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas e inversionistas con la República de Panamá pueden solicitar la visa de nación amiga.
Los diplomáticos y miembros de organizaciones internacionales de países que mantienen relaciones diplomáticas con la República de Panamá, incluso después de haber concluido sus respectivos cargos, pueden solicitar la residencia permanente en Panamá.
Nuestros servicios de visas ofrecen un apoyo integral y confiable, garantizando un proceso de solicitud de visa fluido y exitoso para todas sus necesidades de viajes internacionales e inmigración.
La Visa de Jubilado o Pensionado es una de las categorías migratorias más atractivas que ofrece la República de Panamá para personas extranjeras que reciben una pensión vitalicia o renta permanente.
Puede aplicar cualquier persona mayor de 18 años que perciba una pensión o anualidad vitalicia mínima de US$1,000 mensuales. En caso de incluir dependientes dentro de la solicitud, se debe demostrar un ingreso adicional de US$250 mensuales por cada dependiente.
La pensión o anualidad puede ser pagada por una empresa privada, el ejército, una entidad gubernamental, una corporación, un banco, una compañía de seguros o un fideicomiso, siempre que se trate de un ingreso de carácter permanente o vitalicio.
Esta categoría migratoria permite obtener residencia permanente en Panamá y otorga a sus beneficiarios acceso a diversos incentivos y beneficios establecidos por la legislación panameña para jubilados y pensionados. Entre estos se incluyen descuentos en servicios y actividades como cines, restaurantes, hoteles, farmacias, eventos culturales, transporte y aerolíneas domésticas, así como en otros bienes y servicios dentro del país.
Si deseas, también puedo prepararte una versión más elegante y persuasiva para página web de firma legal, alineada con el estilo corporativo que estás utilizando para Williams & Associates, que suele ser más corta y atractiva para clientes internacionales.
La categoría migratoria de Visa de Países Amigos fue creada con el propósito de facilitar la residencia legal en Panamá a ciudadanos de países con vínculos económicos, profesionales y comerciales con la República de Panamá.
De conformidad con el Decreto Ejecutivo No. 197 de 7 de mayo de 2021 y el Decreto Ejecutivo No. 226 de 20 de julio de 2021, los ciudadanos de cualquiera de los 51 países considerados amigos pueden solicitar residencia en Panamá mediante esta categoría migratoria.
Actualmente, esta visa permite optar por la residencia a través de tres modalidades principales que demuestran un vínculo económico o profesional con el país:
• INVERSIÓN EN BIENES RAÍCES, mediante la adquisición de una propiedad en Panamá por un valor mínimo de US$200,000.
• DEPÓSITO A PLAZO FIJO, mediante la apertura de un certificado de depósito en un banco panameño por un monto mínimo de US$200,000.
• RELACIÓN LABORAL, a través de un contrato de trabajo con una empresa panameña debidamente establecida.
Las modalidades de inversión en bienes raíces y depósito a plazo fijo permiten al solicitante optar por la residencia permanente de manera directa. En cambio, cuando la solicitud se realiza a través de una relación laboral, el solicitante obtiene inicialmente una residencia provisional por un período de dos años, tras lo cual podrá solicitar la residencia permanente.
Los 51 Países Amigos son: Andorra, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hong Kong, Hungría, Irlanda, Israel, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, San Marino, México, Montenegro, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Serbia, Singapur, Eslovaquia, España, Sudáfrica, Corea del Sur, Suecia, Suiza, Taiwán, Estados Unidos de América, Uruguay y Reino Unido (Gran Bretaña e Irlanda del Norte).
La Visa de Empleo Profesional está dirigida a extranjeros que mantienen una relación laboral con una empresa establecida en Panamá y que ejercen funciones de carácter profesional.
Para aplicar a esta categoría, el solicitante debe contar con un contrato de trabajo con una empresa panameña, estar afiliado al sistema de seguridad social y poseer título universitario, así como licencia profesional cuando esta sea requerida para el ejercicio de la actividad correspondiente.
Bajo esta modalidad, el solicitante obtiene inicialmente residencia temporal, y después de dos años de mantener dicha condición, puede solicitar la residencia permanente en la República de Panamá.
El término “profesional” no se limita estrictamente a la definición establecida en la Constitución de Panamá ni a las disposiciones legales que regulan determinadas profesiones reservadas para ciudadanos panameños.
La Visa de Inversionista en Reforestación está dirigida a extranjeros que desean obtener residencia en Panamá mediante una inversión en proyectos de reforestación aprobados y certificados por las autoridades correspondientes.
Para aplicar a esta categoría migratoria, el solicitante debe realizar una inversión mínima de US$80,000 en un proyecto de reforestación, la cual incluye la adquisición de al menos cinco hectáreas de tierra titulada destinadas a actividades de reforestación.
En caso de incluir dependientes dentro de la solicitud, se requiere una inversión adicional de US$2,000 por cada dependiente.
Este programa promueve la inversión extranjera en proyectos sostenibles y en el desarrollo del sector forestal en Panamá, permitiendo a los inversionistas establecer residencia en el país mientras participan en iniciativas orientadas a la conservación ambiental y al aprovechamiento responsable de los recursos naturales.
El Permiso de Residencia Permanente por Solvencia Económica es una categoría migratoria diseñada para atraer a extranjeros con capacidad económica que deseen establecer su residencia en la República de Panamá mediante una inversión personal.
Para calificar bajo esta modalidad, el solicitante debe demostrar una inversión mínima de US$300,000, pudiendo optar por una de las siguientes opciones:
• INVERSIÓN EN BIENES RAÍCES, mediante la adquisición de una propiedad en Panamá por un valor mínimo de US$300,000, más US$2,000 adicionales por cada dependiente.
•DEPÓSITO A PLAZO FIJO, mediante la apertura de un Certificado de Depósito en un banco panameño por un período mínimo de tres años por la suma de US$300,000, más US$2,000 adicionales por cada dependiente.
• COMBINACIÓN DE AMBAS MODALIDADES, mediante una inversión conjunta en bienes raíces y un Certificado de Depósito bancario, siempre que el valor total de la inversión alcance un mínimo de US$300,000 (o su equivalente en moneda extranjera), más US$2,000 adicionales por cada dependiente.
Esta categoría permite al solicitante y a su grupo familiar obtener residencia permanente en Panamá, constituyendo una alternativa migratoria sólida para inversionistas que desean establecer vínculos económicos y patrimoniales en el país.
La categoría migratoria de Residente Permanente por Razones de Inversionista de la Macroempresa está dirigida a extranjeros que desean establecer su residencia en Panamá mediante una inversión directa en el capital social de una empresa panameña.
Para aplicar bajo esta modalidad, el solicitante debe realizar una inversión mínima de US$160,000 en el capital social de una corporación panameña. El inversionista puede participar en la empresa como accionista y/o como dignatario o funcionario de la sociedad.
En caso de incluir dependientes dentro de la solicitud, se deberá demostrar una inversión adicional de US$2,000 por cada dependiente.
Esta categoría permite al solicitante y a su grupo familiar optar por residencia permanente en la República de Panamá, al tiempo que fomenta la inversión extranjera y el desarrollo de actividades empresariales dentro del país.
La Residencia Permanente por Matrimonio con Ciudadano Panameño es una categoría migratoria dirigida a extranjeros que han contraído matrimonio legal con un ciudadano de la República de Panamá y desean establecer su residencia en el país junto a su cónyuge.
Para aplicar bajo esta modalidad, el solicitante debe acreditar la existencia de un matrimonio válido y debidamente registrado, así como la convivencia real y continua entre los cónyuges.
Durante el proceso de evaluación, las autoridades migratorias pueden realizar entrevistas a ambos miembros de la pareja con el propósito de verificar la autenticidad del vínculo matrimonial y confirmar que la relación corresponde a una unión legítima y no ha sido celebrada con fines exclusivamente migratorios.
Los padres extranjeros de un menor nacido en la República de Panamá pueden optar por un permiso de residencia permanente, siempre que el hijo panameño haya cumplido cinco (5) años de edad. Esta categoría migratoria permite que los progenitores regularicen su estatus migratorio en el país en virtud del vínculo familiar con un ciudadano panameño.
En consecuencia, los padres de niños nacidos en Panamá podrán presentar la solicitud correspondiente una vez que el menor haya alcanzado dicha edad. Esta residencia se otorga con base en el principio de unidad familiar, reconociendo el derecho de los padres a permanecer legalmente en el país junto a su hijo panameño.
El proceso implica la presentación de documentación que acredite la relación filial, así como el cumplimiento de los requisitos migratorios establecidos por las autoridades competentes.
En WILLIAMS & ASSOCIATES brindamos asesoría integral durante todo el procedimiento, incluyendo la preparación de la documentación requerida, la presentación de la solicitud ante el Servicio Nacional de Migración y el acompañamiento hasta la obtención del estatus de residencia permanente.